“Estas hectáreas son territorio ancestral de la comunidad. Este fue un territorio que fue comprado por unas familias baruleras en 1851, un año después de la abolición de la esclavitud. Nuestros ancestros pensaron cómo se mantenían en este territorio, entonces hicieron una especie de alcancía y entre todos cooperaron para comprarle las tierras a sus amos”, cuenta Leonard Vallecilla Molina, representante legal del Consejo Comunitario de Barú.
Según dice, esta es una de las razones para seguir luchando por la titulación colectiva de 2.474 hectáreas de este territorio tan codiciado. Sin embargo, su lucha ha tenido picos de victoria y otros de derrota.
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En junio de 2017, el Consejo Comunitario de Barú presentó ante la Agencia Nacional de Tierras la solicitud de titulación colectiva que fue admitida y aceptada en diciembre de 2018, pero cuatro meses después, en abril de 2019, la ANT declaró improcedente esa solicitud y decidió no iniciar el proceso debido a que “no son baldíos los terrenos que integran la isla marítima de Barú”.
Sin embargo, según los nativos, en la misma resolución se reconoce que si bien no hay predios baldíos, hay un título ancestral adquirido desde 1851 por la comunidad asentada, con el cual pueden solicitar la titulación, por eso, apelaron la decisión y al no obtener respuesta de la agencia, la entuteló en enero de este año.
El recurso fue resuelto por el Tribunal Superior de Bogotá que ordenó a la ANT resolver la apelación, y el pasado 24 de febrero se emitió el auto de respuesta, que hasta el momento no ha sido notificado debidamente al Consejo Comunitario.
La respuesta final
En esta nueva y definitiva respuesta, la Agencia Nacional de Tierras confirmó la improcedencia de la solicitud debido a algunas irregularidades en el proceso. Según la agencia desde el acto administrativo 134 de 1969, se determinó que los predios de Barú no son baldíos, sino privados, por ende no pueden tramitarse procesos de titulación colectiva en dichos territorios.
“Uno de los requisitos exigidos de forma taxativa para dar inicio al procedimiento de la titulación colectiva, es que dentro de la solicitud se encuentre consignada la manifestación expresa de la naturaleza jurídica de los predios a titular, aspecto que no aparece en la petición presentada”, indica el documento.
Según explicó un jurista, en palabras más sencillas, la decisión de la ANT niega la titulación colectiva hasta que el Consejo Comunitario acredite que todos los miembros de su comunidad (e inclusive los que tienen predios privados) están dispuestos a ceder sus tierras a la titulación, al igual que el área pretendida; en el entendido que se trata de una decisión condicionada, en principio bastaría que los pobladores de Barú hagan conjuntamente y dentro del término esta manifestación formal, y la aporten al proceso.
“La solicitud presentada estaba incompleta o fue mal enfocada desde el principio, eso es básicamente lo que sucedió acá, lo más importante de esta última decisión de la agencia es que se le está solicitando al Consejo Comunitario en cuestión que corrija su solicitud, que la complemente y le de alcance para nosotros poder seguir con el trámite”, indicó Myriam Martínez Cárdenas, directora General de la ANT.
Una vez surtido ese paso en un término de un mes, la Subdirección de Asuntos Étnicos adelantaría el trámite conforme al procedimiento; mientras, si así lo considera, el Consejo Comunitario puede elevar una nueva solicitud de titulación colectiva.
Martínez agregó que lo más importante es tener en cuenta que “los requisitos están por ley y que si no se cumple con los mismos, la agencia no puede hacer”.
“En ningún momento nuestra pretensión es solicitar predios baldíos”
Tras conocer de manera extraoficial la decisión de la ANT, Leonard Vallecilla Molina, representante legal del Consejo Comunitario de Barú, expresó que, aunque la respuesta lo tomó con “los calzones abajo” presentía que era lo que iba a pasar porque considera que “estas decisiones están influenciadas por el interés que hay en el territorio”.
“La comunidad está muy indignada porque tan solo la semana pasada tuvimos una cita con el subdirector de asuntos étnicos de la ANT, un delegado de asuntos étnicos, el coordinador de titulación colectiva y la Procuraduría, donde ellos nos anunciaron que se iba a reiniciar el proceso; por eso nos toma por sorpresa y nos parece una falta de respeto y una burla que se haya hecho esa reunión y ahora se conozca esta decisión”.
Según Leonard, el argumento de la ANT de no dar inicio al proceso porque no hay terrenos baldíos en Barú es viciado.
“La solicitud que hicimos es para reivindicar el título colectivo de 1851, en ningún momento nuestra pretensión es solicitar predios baldíos, que es uno de los argumentos que ha tomado la agencia para decirnos no desde el principio porque se supone que no describimos en la solicitud cuales eran los predios baldíos, pero sí fuimos claros cuando dijimos que queríamos reivindicar el título que está registrado en la resolución 134 de 1969 hecha por el Incora”.
Agregó que, “siempre hemos enviado ese mensaje y volvemos a mandarlo: no estamos peleando tierra con nadie, estamos tratando de proteger un territorio que aún nos queda, e insistimos en que quien tenga legalizado la propiedad de sus tierras no tendrá ninguna dificultad porque además no es función de nosotros decidir quién o no tiene sus predios establecidos; eso es una etapa del mismo proceso de titulación que tiene que agotar la ANT con la visita técnica y el estudio de tenencia”.
Propietarios privados celebran la decisión
Antes de haberse conocido la nueva decisión, la Asociación Comunitaria Vecinos de Cholón había enviado una misiva a la directora de la ANT, Myriam Martínez, en la cual pedían ser escuchados en medio del proceso.
Su solicitud se basa en que, si “el Estado titula colectivamente terrenos de propiedad privada, estaría haciendo una expropiación y serían cientos las demandas contra la Nación, no solo en los tribunales domésticos, sino en tribunales internacionales”.
Esta asociación está compuesta por 130 personas que tienen propiedades en la isla, tipo casas de recreo, hoteles, establecimientos comerciales y proyectos de desarrollo inmobiliario en la isla.
Según expresó Javier Corrales, representante de la asociación, la decisión de la ANT es recibida con beneplácito debido a que se protege la seguridad jurídica y corresponde con la realidad de la isla.
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